Es un acuerdo privado voluntario
que firman los socios de una start - up con el fin de regular sus relaciones
respecto del negocio; es decir sus deberes y obligaciones.
En un emprendimiento, existe
mucha incertidumbre acerca del futuro, la idea apenas surge, la validación en
algunos casos muestra un panorama alentador y otros casos obliga a los emprendedores
a realizar cambios inesperados, este es un proceso que requiere disciplina,
pasión y constancia de los emprendedores, en ocasiones algunos se van y otros
continúan.
En este momento la aventura
empresarial que inician los emprendedores no cuentan con una empresa legalmente
establecida, por esto resulta indispensable que puedan conversar acerca de sus
compromisos con la iniciativa, su disponibilidad, sus deberes, derechos y
responsabilidades y plasmarlo en un documento, con el fin de darle plenos
efectos jurídicos. El pacto de socios puede ser suscrito en cualquier tiempo,
modificado o terminado, siempre y cuando todas las partes que se involucraron
en su firma estén de acuerdo, por ejemplo: por el ingreso de nuevos socios.
Es recomendable crearlo desde la
etapa temprana de la start-up, es decir desde su inicio, antecediendo
situaciones futuras como: retiro de socios, inicio de un nuevo emprendimiento
de un socio retirado con información y/o herramientas de la start-up anterior,
efectos para un socio que no dedica suficiente tiempo al emprendimiento,
dificultades por falta de consenso para toma de decisiones.
Lainiver Mendoza Munar ©
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