viernes, 11 de diciembre de 2015

JOINT VENTURE


Es un acuerdo privado voluntario que firman los socios de una start - up con el fin de regular sus relaciones respecto del negocio; es decir sus deberes y obligaciones.

En un emprendimiento, existe mucha incertidumbre acerca del futuro, la idea apenas surge, la validación en algunos casos muestra un panorama alentador y otros casos obliga a los emprendedores a realizar cambios inesperados, este es un proceso que requiere disciplina, pasión y constancia de los emprendedores, en ocasiones algunos se van y otros continúan.

En este momento la aventura empresarial que inician los emprendedores no cuentan con una empresa legalmente establecida, por esto resulta indispensable que puedan conversar acerca de sus compromisos con la iniciativa, su disponibilidad, sus deberes, derechos y responsabilidades y plasmarlo en un documento, con el fin de darle plenos efectos jurídicos. El pacto de socios puede ser suscrito en cualquier tiempo, modificado o terminado, siempre y cuando todas las partes que se involucraron en su firma estén de acuerdo, por ejemplo: por el ingreso de nuevos socios.

Es recomendable crearlo desde la etapa temprana de la start-up, es decir desde su inicio, antecediendo situaciones futuras como: retiro de socios, inicio de un nuevo emprendimiento de un socio retirado con información y/o herramientas de la start-up anterior, efectos para un socio que no dedica suficiente tiempo al emprendimiento, dificultades por falta de consenso para toma de decisiones.


Lainiver Mendoza Munar ©

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